Para el ejercicio profesional, ya sea público o privado de la psicología, e independientemente del tipo de colegiación, es obligatoria la colegiación. Más información
Requisitos para darse de alta:
Para pertenecer al Colegio Oficial de Psicología de Andalucía Oriental debes estar graduado/a o licenciado/a en alguna de estas disciplinas:
Debe adjuntar en la solicitud los siguientes documentos:
Todos los impresos deberán ir con la firma o el certificado digital insertado en cada uno de los documentos.
* Última promoción:
Todos/as aquellos/as psicólogos/as que hayan finalizado su graduación entre el 1 de junio de 2023 y el 30 de junio de 2024.
Documentación necesaria:
Para formalizar el alta colegial debes cumplimentar el formulario de solicitud de Alta Colegial y adjuntarlo en el formulario del inicio de esta sección:
Alta colegial
Para formalizar la reincorporación colegial debes cumplimentar el formulario de solicitud de reincorporación colegial y adjuntarlo en el formulario del inicio de la sección:
Modelo de Solicitud de Reincorporación
Para solicitar la cuenta de correo electrónico debes cumplimentar el siguiente formulario y adjuntarlo en el formulario del inicio de la sección:
Modelo de Solicitud de correo electrónico
Para solicitar el carné colegial debe cumplimentar el siguiente formulario y adjuntarlo en el formulario del inicio de la sección:
Solicitud de carné colegial
También debe adjuntar el Modelo de Autorización Universidades y la orden de domiciliación bancaria:
Modelo Autorización Universidades
Orden de Domiciliación Bancaria
Instrucciones:
Después de comprobar que cumple todos los requisitos necesarios para la colegiación, deberá descargar y cumplimentar los impresos que aparecen en el apartado “Documentación Necesaria“.
Una vez haya rellenado todos esos documentos debe comprimirlos en formato zip y adjuntarlos junto a una copia del Título Académico Original, una fotografía tamaño carné y una copia del DNI en el formulario superior, donde pone “Arrastra y pega aquí los archivos” o enviarlos mediante correo electrónico con asunto ALTA COLEGIAL y su nombre y apellidos a la dirección de correo informacion@copao.com.
Cuando lo haya hecho y, también, haya añadido los datos que le solicita el formulario, clique en enviar.
El colegio comprobará que todos los datos sean correctos y se pondrá en contacto con usted para terminar el proceso de alta colegial.
Cuota de inscripción:
Nueva alta Ordinaria: Cuota de inscripción: 170.34€, más la parte proporcional de la cuota colegial semestral (127€) según el mes en que se tramite el alta (se consideran meses completos).
Nueva alta última promoción (Todos/as aquellos/as psicólogos/as que hayan finalizado su graduación entre el 1 de junio de 2024 y el 30 de junio de 2025): 85.17 €, más la parte proporcional de la cuota colegial semestral (127€) según el mes en que se tramite el alta (se consideran meses completos).
Precolegiado/a:
Estudiante con el 75% de los créditos superados. Un recibo anual de 20€ Al cursar el alta habrá que ingresar la parte proporcional de meses hasta la finalización del año natural (se consideran meses completos).
Colegiado/a Jubilado/a:
Si se desea mantener la colegiación tras finalizar su vida laboral. Pago de 63,5€ al semestre.
Colegiado/a no ejerciente:
Pago de 63,5€ al semestre.
Sociedades profesionales:
Abono del 50% de la cuota anual
Todas aquellas consultas que tengan que ver con procedimientos de casos de supuesta mala praxis profesional, como por ejemplo, informes de menores en caso de separación de los padres, se podrán remitir a Deontológica o a información.
Deontología: Consultas sobre proceder en casos de supuesta mala praxis profesional. Muy habitual informes psicológicos en casos de separación de padres sin consentimiento del otro progenitor. Se trasladan a la Comisión responsable.
El Colegio hace hincapié en la importancia de proteger la salud psicológica de las personas, y se señala que la lucha contra el intrusismo profesional en la psicología es crucial para garantizar la calidad de los servicios ofrecidos.
El Colegio Oficial de Psicología de Andalucía Oriental destaca la importancia de combatir el intrusismo profesional en el ámbito de la psicología. Se insta a la población y a los profesionales de la psicología a denunciar cualquier situación que constituya un acto de intrusismo en la profesión así como la práctica profesional de la psicología por parte de individuos no colegiados. El título de Licenciado o Graduado en Psicología, junto con la inscripción en un Colegio Oficial de Psicología de España, es lo que habilita para ejercer la profesión de psicólogo/a en España.
Denunciamos la publicidad engañosa de individuos que se presentan como psicólogos o psicoterapeutas, o que ofrecen servicios psicológicos sin poseer la titulación necesaria. La atribución pública de la condición de psicólogo y el desempeño de funciones propias de esta profesión constituyen un delito de intrusismo según lo establecido en el artículo 403 del Código Penal, si no se cuenta con los títulos y habilitaciones requeridas.
Por otro lado, se destaca que aquellos individuos que ofrecen ayuda en problemas o procesos propios de la psicología, aunque no se anuncien como psicólogos, están desarrollando actividades sanitarias sin estar habilitados para ello. Si la publicidad de sus servicios hace referencia a tratamientos específicos de la psicología o que solo pueden ser realizados por profesionales sanitarios, se estaría incurriendo en una situación de intrusismo. En estos casos, se podrían considerar objeto de intervención por parte de las administraciones.
El colegio tiene a disposición de las personas colegiadas diferentes servicios relativas al ejercicio profesional.
El horario de atención se amplía a dos días semanales:
Martes de 17:00 a 19:00 horas (para tratar asuntos profesionales)
Jueves de 17:00 a 19:00 horas (para tratar asuntos laborales)
Puedes contactar con este nuevo servicio vía correo electrónico y teléfono:
El email de contacto se mantiene consultasjuridicas@copao.com
Nº de teléfono: 951 20 41 80
Para dirigir tus consultas es necesario que te identifiques con tu nombre completo, número de colegiación y DNI.
El colegio ofrece a las personas colegiadas ofertas de trabajo actualizadas semanalmente. Las personas colegiadas podrán publicar en esta sección sus propias ofertas de trabajo contactando informacion@copao.com
En el área privada de la web, colegiados y colegiadas cuentan con esta y otras secciones de uso exclusivo. Accede ahora al área privada
Según la legislación actual, hay diferentes formas de ejercer la profesión en función de la licenciatura o grado en Psicología que poseas. Si tienes algúna duda en particular contacta con nosotros vía telefónica o en la dirección informacion@copao.com
La apertura de un centro de psicología conlleva el cumplimento de una serie de obligaciones legales y fiscales, reguladas en diferentes disposiciones normativas. De forma concisa, ofrecemos los pasos que han de seguir aquellos que se inician en el ejercicio de la profesión:
Si tienes cualquier duda o quieres más información, contacta con nuestro departamento jurídico.
La colegiación en un colegio profesional no solo es un requisito legal para muchos profesionales en España, sino que también puede proporcionar beneficios fiscales significativos. En el marco del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), los colegiados pueden aprovechar la deducción por las cuotas de colegiación, reduciendo así su carga tributaria.
¿Qué es la deducción por colegiación?
La deducción por colegiación permite a los profesionales deducir las cuotas pagadas a un colegio profesional reconocido en su declaración de IRPF (tanto en la opción de ingresos de actividades realizadas por cuenta propia, como en el caso de rendimientos del trabajo realizados por cuenta ajena). Esta deducción busca reconocer y compensar los gastos asociados con la pertenencia a un colegio que respalda y regula el ejercicio de la profesión.
Requisitos para la deducción:
Pasos para aplicar la deducción:
Explicamos cómo firmar digitalmente un documento PDF (firma electrónica) usando la aplicación gratuita AutoFirma. Dicha aplicación es del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y por lo tanto es una fuente fiable. Mostramos cómo instalar un certificado p12 o pfx en un equipo Windows.
Accederemos siempre a la web oficial del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, al Portal de Administración Electrónica, a la sección de descarga del instalador de AutoFirma, su dirección actual es:
https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html
Tendremos disponibles los instaladores para:
En nuestro caso lo instalaremos en un equipo con sistema operativo Windows 10 de 64 bits, por lo que elegiremos «AutoFirma para Windows 64 bits». Guardaremos el fichero AutoFirma64.zip que se descargará:
Descomprimimos el fichero descargado:
Ejecutaremos el fichero de instalación AutoFirma_64_v1_6_5_installer.exe:
Y seguiremos los pasos del asistente de instalación, que es muy sencillo:
Cerraremos el asistente de instalación una vez completada:
Para poder firmar digitalmente un documento necesitaremos la firma digital propiamente dicha. Dicha firma, sin entrar en detalles técnicos, reside en el certificado digital. Por lo tanto necesitaremos disponer de un certificado digital no caducado para poder firmar un documento.
Normalmente tendremos el certificado digital o bien instalado en algún navegador (Internet Explorer, Edge y Google Chrome comparten ubicación de certificados) o bien dispondremos del fichero del certificado, por ejemplo en formato pfx o p12. De ser así es recomendable instalarlo en el sistema, que en el caso de Windows es muy sencillo, es suficiente con hacer doble clic sobre el fichero del certificado o pulsando con el botón derecho del ratón sobre él y eligiendo «Instalar PFX»:
Elegiremos el almacén:
Tendremos seleccionado ya el fichero del certificado a importar:
Introduciremos la contraseña del certificado, con la que se generó y elegiremos las opciones de seguridad (Habilitar protección segura de clave privada) y si queremos que el certificado sea exportable (se pueda rescatar del sistema a fichero). Es recomendable marcar todas las opciones
Podremos elegir el almacén donde se almacenará el certificado en el sistema Windows o bien dejar que lo guarde en uno automáticamente (normalmente el almacén Personal):
Y ya tendremos disponible el certificado digital, que usarán los navegadores Internet Explorer, Edge o Google Chrome. Para uso de Mozilla Firefox tendremos que instalarlo desde el propio navegador.
Puede que nos muestre una ventana de confirmación, por seguridad:
Aceptando la ventana anterior, ahora sí, el certificado quedará instalado en el sistema:
Dicho certificado digital podrá ser usado directamente por la aplicación AutoFirma para firmar documentos, como mostramos a continuación.
Para firmar electrónicamente un documento, abriremos el programa instalado anteriormente AutoFirma, pulsaremos en «Seleccionar ficheros a firmar»:
Buscaremos el fichero PDF que queramos firmar digitalmente y lo seleccionaremos, pulsando «Open»:
La aplicación AutoFirma detecta que se trata de un PDF y nos permitirá estas dos opciones:
En nuestro caso marcaremos ambas opciones y pulsaremos «Firmar»:
Indicaremos la página y la zona del documento PDF donde se insertará la firma (si hemos marcado la opción «Hacer la firma visible dentro del PDF»). La aplicación AutoFirma nos da la opción de elegir las coordenadas donde irá el cajetín de firma, anchura y altura y también la página. Incluso podemos situarnos en la última página, pulsar el botón de siguiente página y nos solicitará si queremos crear un página en blanco al final del documento PDF con la firma. En nuestro documento, que contiene una sola página, con el cursor del ratón trazaremos un cuadrado en la parte inferior derecha, donde queremos colocar la firma:
Nos permitirá añadir un fichero de imagen, donde tengamos la firma física escaneada y el texto que se mostrará en la parte inferior de la firma. Pulsando en «Examinar» podremos elegir el fichero de imagen con la firma escaneada:
Seleccionaremos el fichero de imagen (jpeg, gif, png) con la firma física escaneada. Cabe mencionar que esta firma serviría solo a efectos estéticos, no es válida oficialmente:
En la vista previa vemos cómo quedaría, aproximadamente, si está correcto pulsaremos en «Aceptar». Podemos guardar esta configuración para futuras firmas de documentos marcando «Recordar configuración»:
Si hemos marcado la opción «Insertar una marca visible dentro del PDF», la aplicación nos mostrará un asistente para elegir una imagen de marca de agua que colocará en las páginas y en la posición que le indiquemos. Para probar esta opción hemos seleccionado un logotipo y hemos indicado la posición en la que queremos que lo coloque.
A continuación elegiremos el certificado digital con el que firmaremos el documento. La aplicación AutoFirma rescatará los certificados que tengamos instalados en el sistema Windows. Pero pulsando en el botón
Podremos elegir otras ubicaciones de certificados, como los instalados en Mozilla Firefox o desde fichero p12 o pfx. En nuestro caso, dado que tenemos el certificado instalado en el sistema Windows, lo seleccionaremos de la lista y pulsaremos «OK»:
En función del nivel de seguridad que hayamos indicado en la instalación del certificado, puede que nos pida confirmación e incluso la clave del certificado:
Por último indicaremos dónde queremos guardar y con qué nombre el fichero nuevo que se generará con la firma digital. En nuestro caso dejaremos la misma ubicación que el PDF original y el nombre por defecto que asigna la aplicación, que le añade el sufijo «_signed» al nombre:
Una vez firmado el documento nos mostrará una ventana indicando que el proceso ha finalizado correctamente. Desde aquí podremos firmar más documentos o bien ver el documento generado, pulsando en «Ver fichero»:
Nos abrirá el documento PDF con el lector que tengamos asignado, normalmente Adobe Acrobat Reader. Y podremos comprobar que ha insertado la firma «física» con sus datos correspondientes [2] y la marca (el logotipo en nuestro caso) [1]. También veremos que nos muestra un mensaje indicando que el documento está firmado y las firmas son válidas, con «Firmado y todas las firmas son válidas». Desde el botón «Panel de firma» [3] podremos consultar todos los datos de la firma digital:
Se abrirá la ventana de Firmas, desde aquí podemos pulsar en «Detalles de la firma» y en «Detalles del certificado»:
Consultando todos los datos públicos del certificado usado para la firma digital:
Debe valorar que las solicitudes del cambio de la categoría de ejerciente a no ejerciente, o viceversa, llevan implícita una gestión administrativa.
Le sugerimos que no realice modificaciones en su modalidad de colegiación a "no ejerciente" por periodos previsiblemente cortos, ya que cambios sucesivos de categoría (de ejerciente a no ejerciente y viceversa), pueden llegar a provocar que el coste del importe de la cuota semestral sea superior al importe de un recibo colegial normal (de 127 euros). Los cambios llevan implícitos los ingresos y devoluciones de cuota colegial recogidos en la tabla que puede ver más abajo.
Evidentemente la observancia de la legislación vigente, implica que para el ejercicio de la psicología es obligatoria la colegiación plena.
Se pueden solicitar dos cambios semestrales de categoría.
Recuerde que si su situación es la de colegiado no ejerciente, antes de volver a ejercer la psicología, deberá solicitar al COPAO su pase a la condición de colegiado ejerciente. Los formularios para el cambio de categoría son los que puede descargar más abajo.
Por último, debe tener en cuenta que si está adherido a la póliza del seguro de responsabilidad civil del COPAO, si solicita su pase a colegiado no ejerciente, automáticamente queda usted excluido de la póliza. Si antes del siguiente vencimiento de la póliza (normalmente el 3 de abril de cada año) vuelve a solicitar un cambio a colegiado ejerciente, si es su deseo, para reactivar la póliza deberá comunicarlo a la aseguradora AMA.
Mes de solicitud del cambio de categoría |
Al pasar de colegiado/a ejerciente a colegiada/o no ejerciente, o jubilado, sin DEUDA: A Devolver al colegiado/a (nota: se deducen los gastos pagados al Consejo General de la Psicología): |
Al pasar de colegiado/a no ejerciente a colegiada/o ejerciente sin DEUDA: El colegiado deberá Ingresar la diferencia de cuotas por el resto de meses del semestre como colegiado/a ejerciente (meses completos): |
Enero |
41,03 € |
63,50 € |
Febrero |
30,44 € |
52,92 € |
Marzo |
19,86 € |
42,33 € |
Abril |
9,28 € |
31,75 € |
Mayo |
0,00 € |
21,17 € |
Junio |
0,00 € |
10,59 € |
Julio |
41,03 € |
63,50 € |
Agosto |
30,44 € |
52,92 € |
Septiembre |
19,86 € |
42,33 € |
Octubre |
9,28 € |
31,75 € |
Noviembre |
0,00 € |
21,17 € |
Diciembre |
0,00 € |
10,59 € |
A continuación adjuntamos los formularios a rellenar según el cambio solicitado:
NO ejerciente a ejerciente
Solicit.cambio no ejerciente a ejerciente
Declaración Jurada - No ejerciente a ejerciente
Ejerciente a NO ejerciente