La reciente resolución para modificar, de manera parcial, el funcionamiento del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IML-CCFF) supone un gran paso para la profesión de la Psicología y propuesto por el COPAO supone un reconocimiento a la profesión.
En concreto, la resolución hace referencia a la modificación que, en su día, solicitamos al Decreto 90/2018 de 15 de Mayo por la que se establecía que “la persona médico forense era la encargada de la coordinación de la Unidad Integral de Violencia de Género (UVIG)”
La resolución viene a dar satisfacción a un exhaustivo trabajo que viene realizando el Colegio, desde 2017 en defensa del valor de la profesión en los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
Cronografía histórica


Concretamente, el Colegio viene trabajando desde 2017. En ese momento, comienza el proceso de elaboración del citado Decreto y, durante el periodo de consulta pública y alegaciones, se propusieron una serie de enmiendas. Éstas trataban de poner de manifiesto la existencia de tres perfiles profesionales independientes, en el funcionamiento de los IMLyCCFF, destacando que el Decreto no diferenciaba competencias entre el/la Médico Forense, el/la Psicólogo/a Forense y el/la Trabajador/a Social.
La sentencia viene a darnos la razón y reconoce la independencia e importancia de la figura del/la profesional de la Psicología Forense
Pedro Díaz Piña, Vocal de la Sección de Psicología Jurídica y Forense
De hecho, tal y como el COPAO denunció en su momento, los profesionales de la Psicología Forense y el Trabajo Social trabajaban bajo el paraguas de la figura del/la Director del Instituto. Una asignación que suele recaer sobre el perfil de Médico/a Forense.
Por lo tanto, tal y como ha destacado el Vocal de la Sección Profesional de Psicología Jurídica y Forense, Pedro Díaz Piña, “viene a dar la razón, en parte a estas modificaciones y reconoce la importancia y la independencia de la figura del/la profesional de la Psicología en los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses”.
La importancia de diferenciar la Psicología Forense y el Trabajo Social Forense
Al hilo de estas modificaciones, también se propuso en su momento diferenciar la Psicología Forense del Trabajo Social Forense. Y es que, según Díaz Piña, “se trata de dos profesiones autónomas que se debe visibilizar los papeles del Psicólogo/a y del/la Trabajador Social”.
Es, sin duda, un gran paso para la visibilidad de la Psicología
Pedro Díaz Piña, Vocal de la Sección Profesional de Psicología Jurídica y Forense
Entre las rectificaciones propuestas, también se solicitó la modificación del artículo 10 del Decreto donde se hace referencia a la dependencia y funciones de ambos profesionales. En el caso concreto del/la profesional de la Psicología Forense, se añaden competencias como la valoración del daño, el menoscabo psíquico o emocional y cualquier otro peritaje psicológico dentro de este mismo artículo.
Unidad Integral de Violencia de Género


En lo que a las valoraciones de esta Unidad se refiere, desde el Colegio se ha apostado siempre por que cada profesional desarrolle las tareas propias de su ciencia. Concretamente, en lugar de un/a médico/a forense quien se encargaría de la Unidad, será un/a profesional forense. De esta manera, se logra dar la relevancia necesaria a los/as profesionales de la Psicología, como posibles Coordinadores/as de la Unidad.
Al respecto, el Vocal de la Sección Profesional de Psicología Jurídica y Forense, ha afirmado que “esta resolución no se debe entender como una victoria sobre la medicina, sino como un reconocimiento de la autonomía, independencia de acción y cuerpo doctrinal de nuestra profesión”. Finalmente, Díaz Piña ha destacado que la resolución “supone un gran paso para la visibilidad de la Psicología”